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Reformas de información a presentar del Sector Minero a la UAFE
RESOLUCIÓN No. UAFE-DG-2021-0230
El pasado 7 de Junio del 2021 la Unidad de Análisis Financiero y Económico UAFE resolvió que las personas naturales y jurídicas que realicen actividades de concesión y de extracción minera, ya no deben presentar los siguientes reportes:
- Reportes de operaciones y transacciones individuales.
- Reporte de operaciones o transacciones económicas inusuales e injustificadas (ROII).
- Reporte de sus propias operaciones nacionales e internacionales.
Y en la misma resolución se procedió a incorporar a las personas naturales y personas jurídicas que se dediquen a las actividades de negociación y comercialización de joyas, metales y piedras preciosas, la obligatoriedad de presentar los tres reportes antes mencionados, a partir del mes siguiente de finalizar el plazo para obtener el código de registro.
Los sujetos mencionados en el párrafo precedente tendrán un plazo de 90 días para obtener su código de registro y un plazo de 60 días para registrar a su oficial de cumplimiento y a su suplente, en caso de existir, siempre y cuando hayan aprobado el curso impartido por la UAFE.
Fecha de Publicación: 3 de Agosto 2021.
Fuente: Segundo Suplemento de Registro oficial N°508.
Haga click en el siguiente enlace para descargar el Segundo Suplemento del Registro Oficial: http://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiMjE1NjdiYTUtZGNmYS00YTNkLThlYzMtODA0YmE2MDNhMTk0LnBkZiJ9
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Reforma al Pago del Impuesto a la Renta
Pago del Impuesto a la Renta
Sabías que al reformar el artículo 41 de la Ley de Régimen Tributario Interno y agregar a continuación del último inciso del literal b) del numeral 2, se estableció que no se considerarán en el cálculo del Anticipo del Impuesto a la Renta, exclusivamente el rubro de costos y gastos, los sueldos y salarios, la décimo tercera y décimo cuarta remuneración, así como los aportes patronales al seguro social obligatorio.
Fuente: Ley Orgánica para la Reactivación de la Economía, Fortalecimiento de la Dolarización y Modernización de la Gestión Financiera, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 150, el 29 de diciembre de 2017. Artículo 1, numeral 11 literal c) (Artículo 41 se agregó a continuación del último inciso del literal b) del numeral 2 de la Ley de Régimen Tributario Interno)
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Reforma a la Ley de Compañías

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Boletín Informativo Julio, 2021
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Boletín Informativo Agosto, 2021
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Boletín Informativo Septiembre, 2022
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Boletín Informativo Octubre, 2022
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Boletín Informativo Noviembre, 2022